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05 Feb 2025 Lawfare o Judicialización de la Política
El Lawfare es un anglicismo o vocablo en el que se combinan las palabras “Law” (ley) y “warfare” (guerra) -guerra jurídica-, mediante el cual se hace referencia a procedimientos judiciales empleados a través del uso arbitrario de las instituciones jurídicas, contra personas o grupo de ellas. Todo ello resumido en las siguientes expresiones: instrumentalización de la Justicia, judicialización de la política, acoso judicial, utilización abusiva de instancias judiciales nacionales e internacionales, con la finalidad de desprestigiar o provocar repudio colectivo contra un oponente.
Según Fundéu RAE (Fundación del Español Urgente), el término Lawfare se emplea en el ámbito militar para describir un método de guerra asimétrica no convencional en el que la ley es usada como un medio para conseguir un objetivo militar. En el ámbito de la política, designa el uso de procedimientos judiciales con fines de persecución política, desacreditación o destrucción de la imagen pública e inhabilitación de un adversario político. Mientras que, en el ámbito empresarial, el Lawfare se ha utilizado con intención de perjudicar a la competencia.
De acuerdo con la referida fundación, las expresiones persecución judicial, instrumentalización de la Justicia (con fines políticos o electorales) y judicialización de la política, según el contexto, son opciones válidas y transparentes en español para sustituir el anglicismo Lawfare. En ese sentido, el Lawfare ha sido empleado por el independentismo, separatismo o secesionismo para referirse al uso de la justicia como una herramienta para provocar el repudio popular contra un oponente político.
Aunque no es precisamente sobre la base del origen para el cual fue creado el Lawfare, se presenta mayormente –en la actualidad-, entre realidades políticas opuestas cuando se evidencia sobre asuntos en los que no existe consenso o donde no se pueda llegar a un acuerdo a través del diálogo o la negociación, haciendo uso en este caso de instituciones judiciales para intimidar, neutralizar o exterminar alguna fuerza política concreta u oponente, de forma ilegítima. Esta sería una práctica irregular e inconstitucional de superposición de poderes por medio de la instrumentalización de los órganos jurisdiccionales para dirimir asuntos estrictamente políticos.
Es evidente, en consecuencia, que el objeto de prácticas de Lawfare, como herramienta perjudicial, es provocar el repudio popular contra un oponente político, desacreditar a los opositores políticos, destruir su imagen pública, generando denuncias o acusaciones falsas, e incluso, llegar hasta su Inhabilitación o prisión, en caso de ser necesario.
En ese sentido, para identificar cómo se manifiesta el Lawfare, traemos algunos ejemplos conocidos en la práctica como mecanismos empleados para exponer la existencia del Lawfare, a saber: 1. Denuncias o acusaciones falsas; 2. Instrucción de procedimientos disciplinarios, de responsabilidad administrativa y otros, sin fundamento; 3. Sanciones excesivas o por hechos no comprobados; 4. Dilaciones procesales indebidas y fraudulentas; 5. Judicialización excesiva de casos construidos, donde se exhiben múltiples cargos contra un individuo con el fin de desmejorar o quebrantar su credibilidad y acabar con sus recursos tanto legales como financieros.
Judicialización de la política como instrumento de control del Gobierno o Lawfare.
Según el criterio del Prof. José Ignacio Hernández, la confusión conceptual que ha causado la expansión del Lawfare exige diferenciar entre la judicialización de la política como instrumento de control del Gobierno, y la judicialización de la política bajo la figura del Lawfare para erosionar los fundamentos de la democracia constitucional, en este caso, expresamente ha señalado que “… el control judicial del Poder Público es un componente esencial del Estado de Derecho, incluso cuando tal control se ejerce sobre cuestiones políticas, como es común en el ámbito de la justicia constitucional, que (…) puede llevar a la judicialización de la política. Pero esta judicialización alude, en realidad, a la juridificación de las decisiones políticas adoptadas por el Estado a los fines de preservar la supremacía constitucional. Desde esta dimensión, el control judicial de decisiones políticas plantea el problema del margen de referencia que debe ser respetado, precisamente, para evitar que el control judicial invada ámbitos reservados a las decisiones políticas adoptadas por el Estado. Asunto del todo distinto es el uso del Poder Judicial de manera abusiva, para socavar las bases de la democracia constitucional y, en especial, el pluralismo político. Este sentido coincide con el uso original de lawfare, como recuerda Orde Kittrie. Es decir, el uso de instituciones jurídicas para debilitar o destruir al adversario. Solo que, en el ámbito doméstico, el adversario es el oponente democrático. Es en este último sentido que la expresión se ha empleado para describir procesos criminales abusivos o injustos”
En hilo con lo anterior, se puede afirmar que uno de los mayores impactos que ha traído consigo el Lawfare, en el ámbito penal es la presunción de inocencia, toda vez que, cuando los procedimientos legales se emplean como armas políticas, el principio de inocencia (fundamental en cualquier sistema legal ajustado al Estado de Derecho) puede verse vulnerado, dejando a los acusados, difamados o denigrados, en una situación de desventaja; es por ello que el Lawfare desde este punto de vista puede socavar los derechos fundamentales de estos ciudadanos, haciendo peligrar no sólo la estabilidad política y económica de un Estado, sino también las libertades de los individuos.
Por último, resulta interesante conocer el contundente criterio que sobre el tema ha sentado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a través de su Comisión Permanente, reunida en sesión extraordinaria de 9 de noviembre de 2023, manifestando: “Ante las inadmisibles referencias, que lo son tanto semántica como sustantivamente, al ‘lawfare’ -judicialización de la política- contenidas en el acuerdo suscrito entre el PSOE y Junts con la finalidad de facilitar la investidura y, especialmente, frente al anuncio de la eventual constitución de comisiones parlamentarias de investigación que puedan llegar a determinar lo que ambiguamente se denominan “responsabilidades” derivadas, precisamente, de advertirse situaciones de ‘lawfare’, nos hacemos eco y compartimos el frontal rechazo a tales iniciativas, en línea con lo ya manifestado por la totalidad de las asociaciones judiciales.
Tal repudio se funda, de manera muy justificada, en la evidencia de que ello implica potencialmente someter a revisión parlamentaria decisiones enmarcadas en la exclusividad del ámbito competencial de nuestros Tribunales que, por otro lado, entendemos se produjeron de forma plenamente acorde con la legalidad entonces enjuiciada. Por todo ello, la iniciativa apuntada implicaría una inadmisible injerencia en la independencia judicial y un flagrante atentado a la separación de poderes. La continuidad de tal iniciativa parlamentaria, de llegar a materializarse, determinaría nuestra más frontal oposición a través de los cauces legalmente establecidos.”
En conclusión, no es posible catalogar Lawfare a todas las actuaciones judiciales que vayan encaminadas a investigar hechos ilícitos vinculados con autoridades públicas, y que traigan causa justa. Deslegitimar indiscriminadamente las actuaciones judiciales es atentar en contra del propio sistema democrático, por lo que el mensaje es a apartar estas actuaciones de la influencia y del debate político, y dejar a los jueces hacer su trabajo de forma profesional e imparcial.
Alejandro Canónico-Sarabia
Director del Instituto de Buen Gobierno y Calidad Democrática
Universidad Villanueva